sábado, 7 de febrero de 2009

8 mitos sobre la propiedad intelectual en Internet

Mito 1 Guardar contenidos Si puedo salvarlo utilizando el botón derecho del ratón, puedo guardármelo y usarlos. Pues no. Para guardar y utilizar cualquier cosa que te encuentres por ahí necesitas el permiso de su autor, siempre.

Mito 2 si no pone nada sobre copyright es libre Al contrario, si no pone nada se aplica la ley de propiedad intelectual a rajatabla y por tanto el autor se reserva todos los derechos.

Mito 3 Si cito al autor puedo utilizar sus contenidos Pues tampoco, para utilizar el material de otro hay que pedirle permiso, citar al autor no es suficiente.

Mito 4 Puedo utilizar las imágenes de otro enlazándolas desde su página Peor, además de robarle el contenido, le estás robando el ancho de banda.

Mito 5 puedo mostrar contenidos de otros con un frame Lo que estás haciendo es crear la impresión de que un contenido determinado es tuyo y muchos sitios te perseguirán por debajo de las piedras.

Mito 6 puedo limitarme a citar y poner un enlace Aquí hay serias dudas, a algunos medios no les gusta nada, y según el nuevo borrador de la ley de la propiedad intelectual está terminantemente prohibido.

Mito 7 Los emails una vez enviados son públicos Craso error. Todos los derechos pertenecen a su autor.

Mito 8 los mensajes de las listas y los foros son públicos Otro error, vease mito anterior.

enlaces de interes

http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_intelectual

http://www.wikilearning.com/monografia/que_es_la_propiedad_intelectual-caracteristicas_basicas_de_la_condicion_de_autor/2931-4

http://www.sapi.gov.ve/

http://www.wipo.int/about-ip/es/studies/

http://literanova.eduardocasanova.com/index.php/2008/12/03/los-derechos-sobre-la-propiedad-intelect

Integrantes Electiva Libre I

Epuipo #10
Sección 2
Melissa Salas CI. 18692718
Francisco Lujano CI. 18230686
Carlos Montero CI. 15818756
Arelis Vargas CI. 17969608

Propiedad intelectual en Venezuela

El Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI), institución adscrita al Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio, es el organismo encargado de la administración del Sistema Venezolano de Propiedad Intelectual en Venezuela, quien debe satisfacer una gran demanda nacional, tanto en asesorias, así como también, lograr el incentivo y/o motivación de la actividad creativa, con especial atención a la región Guyana, donde se desarrollan numerosas de estas actividades, en los sectores universitarios y empresariales, así como también, la difusión de los beneficios que genera aquellas creaciones y/o invenciones que puedan ser transferidas a su mismo entorno o a nivel regional, nacional e internacional.

¿Qué es la OMPI?

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas. Su objetivo es desarrollar un sistema de propiedad intelectual (P.I.) internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.
Se estableció en 1967 en virtud el Convenio de la OMPI, con el mandato de los Estados miembros de fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados y la colaboración con otras organizaciones internacionales. Su Sede se encuentra en Ginebra (Suiza).

En la Actualidad

El siglo XX fue el siglo del copyright, los derechos de autor y las patentes. Tras la convención de Berna se funda el BIRPI (Bureaux internationaux réunis pour la protection de la propriété intellectuelle), actualmente hoy OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual). Aparecen ya las primeras sociedades de derechos como la SAE (hoy SGAE) en 1898 y farmaceúticas y empresas tecnológicas consolidaron sobre el sistema de patentes su modelo de negocio. La segunda mitad del siglo, con el estallido industrial de la música popular y universalización del mercado audiovisual concentrado en EE.UU., llevaron a la formación de un gran mercado cultural mundial dependiente de la homologación internacional de la propiedad intelectual.

Historia

El concepto básico de la propiedad intelectual ya se menciona en el código de leyes Judías llamado Shulján Aruj. Allí se menciona en forma explícita por primera vez la prohibición "GNEVAT A DA'AT", contra el robo de ideas o conocimiento.

Históricamente, la propiedad intelectual no siempre ha sido reconocida. Grandes autores literarios del pasado que han sido acusados de plagio, sólo se limitaban a tomar un asunto de otro escritor con entera libertad de acuerdo a lo que se permitía en su tiempo. Sólo en la Inglaterra del siglo XVII comenzó a ser reconocido el copyright como un derecho inherente a la creación literaria, y por extensión a la creación de obras propias del intelecto. En el siglo XIX comenzó la internacionalización de los derechos de autor, creando una plataforma jurídica para el respeto de éstos en todos los países. Aun así, la difusión de Internet y la denominada "piratería" literaria y audiovisual han puesto en discusión los alcances y la necesidad de protección de estos derechos.

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Propiedad Intelectual

Desde el punto de vista de la tradición continental europea y de buena parte de los países latinoamericanos, supone el reconocimiento de un derecho particular en favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre las obras del intelecto humano.

También se puede decir que la propiedad intelectual son una serie de derechos, que atribuyen al autor de una obra la plena disposición de una obra y el derecho exclusivo a explotarla. Es decir conceden al autor la propiedad de la misma y el derecho a hacer con ella lo que quiera, con los límites establecidos en la ley, claro está.